¿Qué requisitos deben cumplir los oferentes de adopción nacional?
De acuerdo con la legislación española y de la Región de Murcia, con independencia de su estado civil, cualquier persona puede ofrecerse para una adopción nacional. Con carácter general se establecen los siguientes requisitos:
- Ser mayor de veinticinco años. En la adopción por dos personas basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad.
- La diferencia de edad entre adoptante y adoptado/a será de, al menos, dieciséis años y no podrá ser superior a cuarenta y cinco años. Cuando fueran dos los adoptantes, será suficiente con que uno de ellos no tenga esa diferencia máxima de edad con el adoptando/a. Si los futuros adoptantes están en disposición de adoptar grupos de hermanos o menores con necesidades especiales, la diferencia máxima de edad podrá ser superior.
- Haber sido declarado/a idóneo para el ejercicio de la patria potestad por la Entidad Pública competente tras la valoración psicosocial. No pueden ser adoptantes los que no puedan ser tutores de acuerdo con lo previsto en código civil.